POLÍTICA RIONEGRINA, TODO POR VENIR

Octubre 23, 2006

DEFENSORA PIDE INTERVENCIÓN DE DEFENSOR NACIONAL POR CONFLICTO CON JUBILACIONES DE DOCENTES

Archivado en: Uncategorized — Politica Rionegrina @ 1:29 am

15 Septiembre 2006 – 16:35Hs. 

Viedma.- Por demoras y falta de respuestas que impidan a docentes rionegrinos acceder a la jubilación especial anunciada por el gobierno nacional, la Defensora del Pueblo Ana Piccinini solicitó la intervención de su par de la Nación, Dr. Eduardo Mondino.
En su requerimiento al Defensor Mondino, la Dra. Piccinini solicita interceda ante la Administración Nacional de Seguridad Social, Anses a efectos que haga conocer los avances en la gestión de los trámites jubilatorios de los docentes de la Provincia contemplados en la Ley 24.016.
Recientemente el Presidente de la Nación Dr. Néstor Kirchner anunció que a cerca de 10.000 docentes de distintas provincias, entre las que está incluida Río Negro, se les garantizará un haber inicial del 82% móvil del salario. El anuncio incluye además que habrá un reconocimiento a docentes que prestaron servicios diferenciados en escuelas de frontera y que se creara una cuenta especial para que allí se depositen los aportes de esos docentes.
No obstante, la falta de precisión en cuanto a las informaciones sobre los trámites y gestiones, como asimismo las demoras que ocasiona la tramitación para obtener el beneficio, provoca que a muchos docentes ya jubilados no se les integren las diferencias que ahora reconoce el nuevo régimen ( 82%). Por otra parte, a muchos docentes de educación especial no se les reconoce el derecho a jubilarse sin límite de edad previsto en normas específicas.
Los mayores obstáculos se presentan además, para aquellos docentes jubilados bajo otras normativas que se encuentran gestionando el pago de la diferencia de haberes.

1 comentario »

  1. No sé cuál ha sido el resultado de esta gestión, lo concreto es que los docentes jubilados al amparo del Decreto 538/75, de docentes de áreas de frontera y educación especial, no se le respeta el derecho a una jubilación igual al resto de los docentes, tal cual es el espíritu de los regímenes especiales, atendiendo a las condiciones de trabajo que determinan un envejecimiento prematuro.
    Somos docentes jubilados encuadrados en el Estatuto del Docente Ley 14473 y la ley 24016 es para todos los docentes encuadrados en el Estatuto del Docente.
    Por otra parte, la Resolución 98/2006 SSS, en su Art. 2° explicita que se tendrán en cuenta los límites de edad y servicios contenidos en la norma o régimen especial al cual nos hemos amparado para acceder a la jubilación.
    Entonces, ¿por qué se nos siguen poniendo trabas, aduciendo que debemos alcanzar la edad de 57 años? ¿ por qué seguimos cobrando aproximadamente un 40% de lo que nos correspondería cobrar? ¿ por qué no se considera la movilidad tal como lo establece la ley 24016 si esta no ha sido derogada ni total ni parcialmente?. Son muchos interrogantes, pero ya vemos. Cuanto más alejados estamos de los centros de poder, menos posibilidades tenemos que se nos escuchen nuestros reclamos.
    ADMINISTRADOR: Gracias por participar, saludos Estela

    Comment por Estela Orquera — Diciembre 12, 2006 @ 1:04 am


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